¿Qué distingue al Arraigo Familiar de la Tarjeta Familiar Comunitaria al solicitar residencia en España? ¿Quién puede solicitar el Arraigo Familiar o la Tarjeta de Familiar de Comunitario?

websitebuilder • 1 de julio de 2019

En este artículo, como expertos en extranjería, desglosaremos las diferencias y peculiaridades de cada permiso de residencia para ayudarte a determinar la mejor opción al solicitar un permiso de residencia en España.

¿Quién puede solicitar el Arraigo Familiar o la Tarjeta de Familiar de Comunitario?


  • Arraigo Familiar: Este permiso solo puede ser solicitado por familiares de ciudadanos españoles, ya sean nacionalizados o de origen.
  • Tarjeta de Familiar de Comunitario: Este permiso puede ser solicitado por familiares de ciudadanos comunitarios, incluidos los españoles. A diferencia del Arraigo Familiar, este permiso abarca a los familiares de ciudadanos de toda la UE, no solo de los españoles.


¿Qué familiares pueden aplicar al Arraigo Familiar o

la Tarjeta de Familiar de Comunitario?


  •  Arraigo Familiar: Entre los familiares que pueden solicitar este permiso se encuentran padres, madres, tutores, cónyuges, parejas de hecho, ascendientes mayores de 65 años o menores de esa edad a cargo del ciudadano español, descendientes menores de 21 años o mayores a cargo del ciudadano español, e hijos de padres originalmente españoles.
  •  Tarjeta de Familiar de Comunitario: Este permiso abarca cónyuges, parejas de hecho registradas, hijos menores o mayores a cargo, parejas de hecho no registradas con una relación estable, y cualquier miembro de la familia que en su país de origen esté a cargo o viva con el ciudadano de la UE.

 

¿Cuánto dinero se necesita para solicitar el Arraigo Familiar o la Tarjeta de Familiar de Comunitario?


  • Arraigo Familiar: No es necesario demostrar medios económicos para solicitar este permiso.
  • Tarjeta de Familiar de Comunitario: El ciudadano de la UE debe cumplir con ciertos requisitos económicos, como ser trabajador por cuenta ajena o propia en España, o disponer de recursos suficientes para sí mismo y para sus familiares.


¿Se necesita seguro médico para solicitar el Arraigo Familiar o la Tarjeta de Familiar de Comunitario?


  • Arraigo Familiar: No se requiere demostrar asistencia sanitaria para solicitar este permiso.
  • Tarjeta de Familiar de Comunitario: Se debe contar con un seguro de salud con la misma cobertura que la sanidad pública española.


¿Debo presentar antecedentes penales para solicitar el Arraigo Familiar o la Tarjeta de Familiar de Comunitario?


  • Arraigo Familiar: Es necesario presentar certificados de antecedentes penales de los últimos 5 años de los países donde se haya residido.
  • Tarjeta de Familiar de Comunitario: No es necesario presentar certificados de antecedentes penales.

 

¿Cuándo se puede solicitar el Arraigo Familiar o la Tarjeta de Familiar de Comunitario?

 

  • Arraigo Familiar: Puede solicitarse en cualquier momento, incluso estando de forma irregular en España, con el objetivo de regularizar la residencia.
  • Tarjeta de Familiar de Comunitario: Se puede solicitarse si los solicitantes se encuentran regulares en España, o en casos de pareja de hecho, a cualquier momento.


En conclusión, no hay un procedimiento mejor que otro, y la elección dependerá de las circunstancias particulares de cada caso. En IAF ABOGADOS, entendemos la importancia de ambos permisos de residencia y contamos con un equipo de profesionales expertos y con amplia experiencia en estos procedimientos. Estamos comprometidos en brindar asesoramiento especializado y acompañarte en cada paso para resolver tus necesidades migratorias de manera integral y eficiente.


Enlaces de interés: Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea (HI 102) – Migraciones – Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (inclusion.gob.es) ; Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales. Arraigo familiar (HI 37) – Migraciones – Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (inclusion.gob.es)


Por Iris Alves Fukase 24 de julio de 2024
El panorama actual refleja una tendencia creciente hacia la elección de vías alternativas al matrimonio por parte de parejas que desean formalizar su unión sentimental y familiar. En Cataluña, esto se materializa en la figura de la pareja de hecho o, como se la conoce localmente, la pareja estable. Aunque no otorga los mismos derechos y responsabilidades que el matrimonio, esta institución proporciona un importante marco de protección que puede adaptarse a las necesidades de quienes la eligen. Es fundamental comprender que la normativa sobre la pareja de hecho varía de una región a otra en España. En Cataluña, las parejas de hecho gozan de un estatus privilegiado, ya que su Código Civil y demás normativas equiparan sus derechos y obligaciones a los de los matrimonios convencionales en diversos aspectos legales, como sucesiones, hijos en común, reagrupamientos familiares y compensaciones económicas en caso de separación. ¿Cuáles son los requisitos para constituir una pareja estable en Cataluña? Los criterios para formalizar esta unión están definidos en los artículos 234-1 y 234-2 del Código Civil catalán . Dos personas que convivan en una relación similar al matrimonio serán consideradas pareja estable en los siguientes casos: Si la convivencia perdura por más de dos años de forma ininterrumpida. Si durante la convivencia tienen un hijo en común. Si formalizan su relación mediante escritura pública. Documentación necesaria para la inscripción: La inscripción en el Registro de Parejas Estables de Cataluña requiere varios documentos, como el documento de identidad, certificados de nacimiento, empadronamiento, y en caso de tener hijos en común, certificados de nacimiento o libro de familia. Derechos y beneficios: Ser Pareja Estable conlleva una serie de derechos y beneficios, como herencia, pensión de viudedad, pensión de alimentos, asistencia sanitaria, entre otros. En Cataluña, la normativa protege especialmente los derechos de las parejas estables en áreas como sucesiones y pensiones. Extinción de la Pareja Estable en Cataluña: La pareja estable se extingue por las siguientes causas: • Cese de la convivencia con ruptura de la comunidad de vida. • Muerte o declaración de fallecimiento de uno de los convivientes. • Matrimonio de cualquiera de los convivientes. • Común acuerdo de los convivientes formalizado en escritura pública. • Voluntad de uno de los convivientes notificada fehacientemente al otro. La extinción de la pareja estable implica la revocación de los consentimientos y poderes que cualquiera de los convivientes haya otorgado a favor del otro. Entrarían en juego en este punto los pactos en previsión del cese de la convivencia, en caso de existir, por los que los convivientes pueden pactar en escritura pública los efectos de la extinción de la pareja estable, en los mismos términos que en el matrimonio. Además, tras el cese de la convivencia, los convivientes pueden acordar los efectos de la extinción de la pareja estable. En el caso de acuerdos alcanzados tras el cese de la convivencia, los convivientes de común acuerdo o uno de los convivientes con el consentimiento del otro pueden someter a la aprobación de la autoridad judicial una propuesta de convenio que incluya todos los efectos que la extinción deba producir respecto a los hijos comunes y entre los convivientes. Póngase en contacto si necesita una abogada de Derecho de Familia en Cataluña para resolver cualquier duda. Enlace de interés: https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Registre-de-parelles-estables-de-Catalunya
Por websitebuilder 1 de julio de 2019
This is a subtitle for your new post
Por websitebuilder 15 de abril de 2019
Add a blog and update it regularly. It's a great way to stay in touch with site visitors.